lunes, 17 de marzo de 2014

Convocatoria de la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2014


El BOE de fecha 17 de marzo de 2014 ha publicado la "Orden PRE/404/2014, de 14 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2014".

La prueba, tal y como señala la Orden, no contiene limitación en el número de plazas, será gratuita (no hay que pagar tasas por examinarse), y será única e idéntica para todo el territorio español. Pueden presentarse quienes (i) sean Licenciados en Derecho, Graduados en Derecho o posean un título equivalente; (ii) hayan superado los cursos de formación y las prácticas externas; (iii) no estén inhabilitados para ser abogados (la referencia a la mayoría de edad es una obviedad, por cuanto no se puede ser menor de edad y Licenciado o Graduado en Derecho); (iv) ni estén colegiados como abogado en alguno de los Colegios de Abogados de España, ni lo hayan estado durante un plazo continuado o discontinuo no inferior en su cómputo total a 1 año antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre.

El examen, tipo test, tendrá una duración de cuatro horas con 50 preguntas sobre «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado»; 25 preguntas sobre una especialidad jurídica a elegir entre estas cuatro (Especialidad jurídica en civil y mercantil, en penal, en administrativo y en contencioso-administrativo, en laboral); y, además, el cuestionario incluirá doce preguntas de reserva, para el apartado A «Materias comunes...», y dos por cada especialidad jurídica del apartado B, «Materias específicas». Las preguntas de reserva solamente se valorarán en el caso de que las comisión evaluadora anule alguna/s de las preguntas de la prueba y sustituirá, por su orden y en función del apartado al que pertenezcan, a la/s anulada/s, de tal modo que en todo caso el cuestionario contará con 75 preguntas válidas.

El cuestionario se valorará sobre una escala de 0 a 75 puntos, obteniéndose 1 punto por cada respuesta correcta, descontándose 0,33 puntos por cada respuesta incorrecta y no obteniendo ninguna puntuación las preguntas no contestadas. La calificación total se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas deduciéndose las incorrectas.

La nota final de la evaluación será de apto o no apto, resultando la calificación final de la media ponderada entre el 70 % de la calificación obtenida en la prueba de evaluación y el 30% de la nota obtenida en el curso de formación especializada. Para obtener la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos.
La calificación de no apto no impedirá la participación en futuras convocatorias.

Puede ver el texto completo aquí.


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