sábado, 24 de octubre de 2015

Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores.


Este texto refundido, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, tiene su razón de ser en las numerosas modificaciones de la LMV de 1988 (más de cuarenta), así como en las distintas normas con rango de ley relativas a los mercados de valores que se han ido publicando en los últimos tiempos, de ahí que se quiera ahora, como dice la exposición de motivos: "dar los pasos necesarios para reforzar la claridad y coherencia de la normativa aplicable al mercado de valores, reducir su fraccionamiento y afianzar su sistemática, haciendo de ella un mejor instrumento tanto para el uso del regulador como de los actores que intervienen cada día en el tráfico mercantil; siendo conscientes de que ello redundará en un mejor y más ágil funcionamiento de los mercados financieros y en una mayor seguridad jurídica".

En concreto, el texto refundido deroga las siguientes normas:
a) La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
b) Las disposiciones adicionales tercera y decimocuarta y las disposiciones transitorias primera, segunda, quinta y sexta de la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
c) La disposición adicional tercera de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.
d) Las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta y las disposiciones transitorias primera, segunda y sexta de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
e) La disposición adicional tercera de la Ley 26/2003, de 17 de julio, por la que se modifican la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.
f) La disposición adicional de la Ley 6/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
g) Las disposiciones finales primera, segunda y cuarta de la Ley 32/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
h) La disposición adicional décima tercera de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
i) La disposición transitoria novena de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
j) Las disposiciones transitorias sexta y séptima de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.

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